CAPACITA SECTEI PARA EL USO DE PLÁSTICOS COMPOSTABLES

Publicado el 27 Noviembre 2022
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• La norma ambiental señala que las bolsas y productos plásticos de un solo uso compostables se utilizan para estar en contacto con residuos orgánicos y pueden ser de color verde o incluir la leyenda respectiva visible; las destinadas a residuos inorgánicos deben integrar un contenido de 50 por ciento de material reciclado posconsumo y demostrar que son 100 por ciento reciclables

Con el fin de tener un mejor entendimiento de las especificaciones técnicas de las bolsas de plástico y plásticos de un solo uso compostables, tras las reformas a la Ley de Residuos Sólidos y su reglamento en la Ciudad de México, la SECTEI ofreció una capacitación a industriales y sectores interesados sobre el proceso de certificación de productos plásticos compostables.

El objeto del Programa de Asesoramiento para los Productores de Plástico de un Solo Uso fue explicar los conceptos y el procedimiento de evaluación que establece la norma ambiental aplicable a estos productos para obtener la correspondiente certificación.

La sesión estuvo a cargo de la ingeniera química industrial Gloria Marbán Vázquez, quien cuenta con una trayectoria de más de 25 años de experiencia en actividades de normalización y evaluación de la conformidad de productos y servicios en diferentes sectores, entre ellos, el plástico.

Como antecedente y con relación a los criterios que rigen estas disposiciones, la especialista subrayó que la norma ambiental (NACDMX-010-AMBT-2019) hace obligatoria la certificación en la Ciudad de México de las bolsas y productos plásticos de un solo uso compostables que deben de cumplir las especificaciones establecidas en la norma mexicana NMX-E-273-NYCE-2019; esta normatividad mexicana es voluntaria, aunque al estar referenciada en la ambiental, su cumplimiento se vuelve obligatorio en la capital del país.

La norma ambiental NACDMX-010-AMBT-2019 entró en vigor el pasado 25 de febrero de 2022. Estableció un periodo de 180 días para que aquellas empresas y organizaciones que no participaron en el desarrollo de la misma tuvieran conocimiento de su aplicación para su cumplimiento. Actualmente, la obligatoriedad de la norma es oficial.

La norma no hace referencia a fabricantes sino a distribuidores, comercializadores e importadores. Pero si una persona no produce, quien debe cumplir es el fabricante o demostrar que se cuenta con las características de compostabilidad que la regla señala.

En su exposición, Marbán Vázquez recordó que un plástico compostable es aquel que se degrada por procesos biológicos (bacterias), generando principalmente bióxido de carbono, agua, compuestos orgánicos y biomasa.

Para que un producto sea considerado en esa condición conforme a la regla debe cubrir cuatro características o superar las pruebas de fragmentación, biodegradación, sin efectos negativos sobre la composta y contar con niveles bajos de metales pesados.

Uno de los conceptos más solicitados es en torno a la evaluación de la conformidad, la cual indica que el producto debe cumplir con lo que establecen las normas oficiales mexicanas, normas mexicanas o, a falta de ellas, las internacionales (las emitidas por organismos como COPAN, ISO, IEC, etc.), e incluye procedimientos, muestreo, pruebas, inspección, evaluación y certificación.

Esta evaluación es un procedimiento por el cual se asegura que un producto, proceso, sistema o servicio se ajusta a las normas, lineamientos o recomendaciones de organismos dedicados a la normalización nacionales o extranjeros.

La certificación se obtiene mediante: pruebas periódicas (vigencia de dos años), evaluación del sistema de gestión de la calidad del producto (tres años de vigencia) y certificación por lote (vigente mientras exista producto).

Los productos compostables, como las bolsas plásticas que sirven para la contención, manejo y disposición de restos orgánicos, deben de llegar a una planta de composta y no a un sitio de disposición final o una planta de reciclaje.

“Es la parte más importante, porque todos, ciudadanos, autoridades y servicios municipales, deben cerciorarse hacia dónde va el producto, por eso las especificaciones a cumplir para que sea de composta, si no, no tiene sentido”, por lo que consideró necesario llevar a cabo campañas de difusión que ayuden a mejorar la cultura de manejo de residuos.

De acuerdo con la ingeniera Marbán, uno de los requisitos más importantes es que se cumplan las pruebas de laboratorio.

De obtener la certificación, el solicitante estará en posibilidades de usar el logotipo de compostable de la Ciudad de México en su producto y acompañarlo de algunas leyendas establecidas en la normatividad.

En la actualidad, la Sedema tiene un padrón de 73 empresas registradas y autorizadas para la fabricación y comercialización de productos y bolsas compostables, aunque la gran mayoría no ha obtenido la certificación, pues las pruebas de laboratorio demoran, en promedio, siete meses.

Por ello, la Secretaría generó criterios para que las empresas que busquen renovar su registro tendrán que demostrar que han iniciado las pruebas ante un laboratorio o están en el proceso de certificación.